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Cómo declarar el alquiler de un piso en la renta paso a paso

Guía para declarar un piso alquilado en Renta Web: datos que necesitas, ingresos, gastos deducibles, amortización, reducción y días vacíos.

Por José Almendros · · 3 min de lectura

Ilustración de un formulario de declaración con una casa y una lista de comprobación

Declarar un piso alquilado no es difícil si llegas a la campaña de la renta con los datos preparados. Los ingresos del alquiler tributan como rendimientos del capital inmobiliario, y en Renta Web se declaran en el apartado de inmuebles, junto a los datos catastrales de la vivienda.

1. Qué necesitas antes de empezar

  • Referencia catastral del piso y su valor catastral (total y de construcción), del recibo del IBI.
  • NIF del inquilino o inquilinos y fecha del contrato. Es imprescindible para aplicar la reducción por alquiler de vivienda.
  • Días alquilado durante el año y días vacíos o a disposición.
  • Total del alquiler cobrado en el año.
  • Facturas y recibos de los gastos: IBI, comunidad, seguros, intereses de la hipoteca, reparaciones, suministros que pagues, gestoría…
  • Coste de adquisición: escritura de compra con impuestos y gastos (para la amortización).

2. Ingresos íntegros

Declara todo el alquiler cobrado en el año y, si el inquilino te paga gastos que te corresponden a ti (por ejemplo, te abona el IBI o la comunidad), súmalos también como ingreso: después los deducirás como gasto.

La fianza no es un ingreso mientras la tengas en depósito.

3. Gastos deducibles

Los gastos del periodo en el que el piso ha estado alquilado se dividen en dos grupos:

Con límite (intereses + reparaciones): los intereses de la financiación y los gastos de reparación y conservación, sumados, no pueden superar los ingresos del inmueble. El exceso se aprovecha en los cuatro años siguientes.

Sin ese límite: IBI y tasa de basuras, comunidad, seguros, suministros que pagues tú, servicios de gestión y administración, gastos jurídicos, saldos de dudoso cobro en los casos previstos…

Y además, la amortización: 3 % del valor de la construcción y 10 % de los muebles. Lo explicamos con un ejemplo en cómo calcular la amortización del piso. La lista completa de gastos está en gastos deducibles del alquiler en el IRPF.

4. La reducción por alquiler de vivienda

Si el piso es la vivienda habitual del inquilino y el rendimiento neto es positivo, se aplica una reducción:

  • 60 % en contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023.
  • Para contratos desde esa fecha: 50 % general; 60 % si hubo obras de rehabilitación terminadas en los dos años anteriores; 70 % en zona tensionada con inquilinos de 18 a 35 años, o en alquileres a Administraciones o entidades sociales con renta limitada; 90 % en zona tensionada si el nuevo contrato baja la renta más de un 5 % respecto al anterior.

La reducción solo se aplica a lo que declares tú: si Hacienda detecta después ingresos no declarados, sobre esa parte no hay reducción. No se aplica a alquileres de temporada ni turísticos.

5. Días vacíos: imputación de rentas

Si el piso ha estado vacío o a tu disposición parte del año, por esos días no hay rendimiento del alquiler, pero debes declarar una imputación de rentas inmobiliarias: un 2 % del valor catastral (1,1 % si se ha revisado en los últimos diez años), prorrateado por esos días. Los gastos de esos días no son deducibles, salvo la parte que corresponda al periodo de alquiler.

6. Pasos en Renta Web

  1. Revisa los datos fiscales: Hacienda suele tener ya el inmueble y, a veces, el NIF del inquilino.
  2. En el apartado de inmuebles, indica el uso: arrendamiento (y, si procede, días a disposición).
  3. Añade el arrendamiento: NIF del inquilino, fecha del contrato y si es vivienda habitual.
  4. Introduce ingresos, gastos y amortización.
  5. Marca la reducción que corresponda según la fecha y las circunstancias del contrato.
  6. Revisa el resultado antes de presentar.

7. Cuánto vas a pagar

El rendimiento neto reducido se suma al resto de tu base general (sueldo, pensión…) y tributa a tu tipo marginal. Haz una estimación antes de la campaña con la calculadora del IRPF del alquiler.

Información orientativa según la normativa vigente en septiembre de 2026. El Gobierno ha anunciado un real decreto que podría cambiar las bonificaciones fiscales al alquiler; si se aprueba, actualizaremos esta guía. Ante dudas, consulta con un asesor fiscal.

Escrito por José Almendros

Gestiono pisos de alquiler, tanto completos como por habitaciones. En Casero Rentable cuento lo que funciona (y lo que no) para que tu inversión rinda más y te dé menos disgustos.

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