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Casero Rentable

Modelo de requerimiento de pago al inquilino que no paga

Genera el requerimiento para reclamar rentas impagadas al inquilino, listo para burofax. Incluye la advertencia del artículo 22.4 de la LEC sobre la enervación. Todo se rellena en tu navegador: no guardamos ningún dato.

Escrito
Casero (arrendador)
Inquilino y contrato
Deuda
€

Rentas y cantidades asimiladas (suministros, comunidad…) que estén impagadas.

días

Envíalo por burofax con certificación de texto y acuse de recibo y guarda el justificante. Antes de demandar, consulta con un abogado: hay que intentar un acuerdo (MASC) y revisar plazos.

En , a

D./D.ª

REQUERIMIENTO DE PAGO DE RENTAS

D./D.ª , con NIF , en su condición de arrendador de la vivienda situada en , en virtud del contrato de arrendamiento firmado el con D./D.ª , con NIF/NIE , por medio del presente escrito le

REQUIERE

para que abone la cantidad de (), correspondiente a las rentas y cantidades asimiladas de , que a fecha de hoy se encuentran impagadas.

El pago deberá realizarse en el plazo de desde la recepción de este escrito, mediante transferencia a la cuenta .

Le advierto de que, si no atiende este requerimiento, ejercitaré las acciones legales que me correspondan, incluida la demanda de desahucio por falta de pago y la reclamación de las cantidades debidas, con los intereses y costas que procedan.

Asimismo, le informo de que este escrito constituye requerimiento de pago a los efectos del artículo 22.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: si transcurren al menos treinta días desde su recepción y la deuda no ha sido pagada al presentarse la demanda, no procederá la enervación de la acción de desahucio.

Atentamente,

En el cuadro de impresión elige «Guardar como PDF». Lo resaltado en amarillo son datos que faltan por rellenar.

Cuándo enviar el requerimiento

En cuanto el inquilino deje de pagar y no cumpla la fecha que hayáis hablado. Cuanto antes lo envíes, antes empieza a contar el plazo de treinta días que impide que pueda parar el desahucio pagando en el último momento. Tienes el proceso completo en qué hacer si tu inquilino no paga.

Pasos después del requerimiento

  1. Intento de acuerdo (MASC): es obligatorio antes de demandar. Puede ser una oferta vinculante confidencial, una negociación entre abogados o una mediación.
  2. Demanda de desahucio por falta de pago, que conviene preparar con un abogado.
  3. Ejecución para cobrar la deuda si no paga tras la sentencia.

Para evitar llegar hasta aquí, merece la pena valorar un seguro de impago y seleccionar bien al inquilino con nuestra checklist.

Qué debe incluir un buen requerimiento

  • Datos de las dos partes y de la vivienda, tal y como figuran en el contrato.
  • Importe exacto y desglosado: qué mensualidades se deben y qué parte corresponde a suministros u otros conceptos.
  • Plazo claro para pagar y la cuenta donde hacerlo.
  • Advertencia de las consecuencias si no paga, incluida la referencia a la enervación (art. 22.4 LEC).

Errores frecuentes al reclamar

  • Reclamar solo por WhatsApp o correo normal: sirve para hablar, pero no acredita bien el contenido ni la recepción. Para el requerimiento formal usa burofax o notario.
  • No concretar la deuda: un escrito que dice "debes varios meses" sin cifras es fácil de discutir.
  • Enviarlo a una dirección distinta a la del contrato: usa la vivienda arrendada o el domicilio a efectos de notificaciones que figure en él.
  • No guardar el justificante: conserva el certificado de texto, el acuse y, si el burofax no se recoge, el aviso de intento de entrega.
  • Esperar demasiado: cada mes que pasa sin requerir es un mes más de deuda y de plazo hasta poder demandar.

Si el inquilino paga después del requerimiento

Entrégale un recibo de alquiler por lo cobrado y guarda la transferencia. Si solo paga una parte, deja constancia por escrito de lo que queda pendiente y de la fecha límite acordada. Hasta que cobres, no entres en la vivienda ni cambies la cerradura: lo explicamos en cuándo puede entrar el casero en un piso alquilado.

Preguntas frecuentes

¿Para qué sirve el requerimiento de pago?

Deja constancia de la deuda y da al inquilino un plazo para pagar. Además, si se envía por un medio fehaciente con al menos treinta días de antelación a la demanda y la deuda sigue sin pagarse cuando se presenta, el inquilino ya no puede "enervar" (parar) el desahucio pagando en el último momento (art. 22.4 LEC).

¿Cómo hay que enviarlo?

Por un medio que acredite el contenido y la recepción. Lo más habitual es el burofax con certificación de texto y acuse de recibo, que se puede enviar desde la web de Correos. También vale un requerimiento notarial.

¿Este requerimiento sustituye al intento de acuerdo obligatorio (MASC)?

No necesariamente. Desde abril de 2025 hay que intentar una solución negociada (MASC) antes de demandar, por ejemplo con una oferta vinculante confidencial o una mediación. Un abogado puede preparar un escrito que cumpla las dos funciones.

¿Qué plazo le doy al inquilino para pagar?

La ley no fija uno concreto para el requerimiento. Es habitual dar entre 5 y 15 días. Recuerda que, para impedir la enervación, deben pasar al menos treinta días entre el requerimiento y la presentación de la demanda.

Modelo orientativo. Revísalo y adáptalo a tu caso; ante dudas, consulta con un profesional.

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