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Qué hacer si te okupan el piso: primeras 24 horas

Si okupan tu piso, lo primero es llamar a la policía y reunir pruebas. Allanamiento o usurpación, plazos reales y qué NO hacer para no perder la razón.

Por Equipo Casero Rentable · · 3 min de lectura

Mano con un llavero abriendo la cerradura de seguridad de la puerta de un piso

Antes de leer: ¿qué crees?

Okupan un piso que tienes vacío. ¿Puede echarlos la policía en el momento, sin juez?

Llegas a tu piso y hay alguien dentro que no debería estar, o te avisa un vecino. Lo que hagas en las primeras horas pesa más que todo lo que venga después. Esta es la guía clara y sin humo, con lo que sí está en vigor hoy.

Resumen en 20 segundos: llama al 091/112 (o Guardia Civil, 062), reúne pruebas (escritura o nota simple, recibos de suministros, fotos), denuncia y pide el desalojo como medida cautelar. No cambies la cerradura ni cortes la luz: puede jugar en tu contra.

Primero: ¿es allanamiento o usurpación?

De esto depende casi todo, y es lo que más se confunde.

Allanamiento de morada Usurpación
Qué vivienda Tu vivienda habitual o una segunda residencia que usas Un inmueble vacío que no es morada (o en alquiler, sin inquilino)
Delito Art. 202 del Código Penal Art. 245 del Código Penal
Pena (sin violencia) Prisión de 6 meses a 2 años Multa de 3 a 6 meses
La policía puede… Actuar de inmediato Normalmente exige denuncia y resolución judicial

Si entraron forzando una puerta o ventana, se considera violencia y las penas suben. Y ojo: una vivienda vacía o destinada al alquiler no cuenta como morada, por eso es el caso más lento y el que más problemas da.

Qué hacer en las primeras horas

  1. Llama a la policía (091 o 112) o a la Guardia Civil (062) en cuanto lo detectes. Pide que levanten atestado.
  2. Reúne pruebas de que la casa es tuya y de que estaba en uso: escritura o nota simple, recibos de luz y agua a tu nombre, empadronamiento, fotos y testigos (vecinos).
  3. Denuncia y pide expresamente el desalojo como medida cautelar.
  4. Habla con un abogado para valorar la vía civil en paralelo o como alternativa.

La regla práctica: cuanto menos tiempo lleven dentro, más fácil es sacarlos.

Las dos vías para recuperar el piso

  • Vía penal con juicio rápido. Desde abril de 2025 (Ley Orgánica 1/2025) el allanamiento y la usurpación pueden tramitarse por juicio rápido. Con actuación inmediata, hablamos de unas semanas si el caso es sencillo.
  • Desahucio exprés civil (desde 2018, para personas físicas, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas con vivienda social): los ocupantes tienen 5 días para presentar un título que justifique estar allí.

Para la vía civil ordinaria suele pedirse además un intento previo de mediación, lo que alarga los plazos.

Lo que NO está en vigor (todavía)

Ves titulares de «desalojo en 24 horas». Hoy no es ley: es una proposición en el Congreso que aún tiene que pasar por enmiendas, comisión y Senado. Cuando cambie, actualizaré esta guía.

Qué NO hacer

  • No cambies la cerradura con ellos dentro.
  • No cortes la luz, el agua o el gas: puede ser coacciones.
  • No uses la fuerza ni contrates empresas de «desokupación» que se saltan el juzgado: la responsabilidad penal puede acabar siendo tuya.

Cómo prevenirlo

  • Visita las viviendas vacías con frecuencia y pide a un vecino que te avise.
  • Una alarma con aviso al móvil y una puerta reforzada reducen mucho el riesgo.
  • Revisa tu seguro de hogar y qué dice sobre okupación.
  • Si alquilas, no confundas a un okupa con un inquilino que no paga: es otro procedimiento. Lo explicamos en qué hacer si el inquilino no paga, y el seguro de impago te protege de eso.

Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un abogado sobre tu caso concreto. Última revisión: octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿La policía puede echar a los okupas sin juez?

Solo en un caso: si entran en tu vivienda habitual o en una segunda residencia que usas, es allanamiento de morada (delito flagrante) y la policía puede actuar de inmediato, sobre todo si lo detectas enseguida. Si el piso estaba vacío o en alquiler, lo normal es denuncia y decisión judicial.

¿Cuánto tarda en desalojarse un piso okupado?

Depende de cuándo lo descubras y del tipo de vivienda. Con actuación inmediata y juicio rápido pueden ser unas semanas; por la vía civil o penal ordinaria, de un año a dos o más. Cuanto antes denuncies, más opciones tienes.

¿Puedo cortar la luz y el agua o cambiar la cerradura?

No. Cortar suministros o cambiar la cerradura con ellos dentro puede considerarse coacciones o justicia por propia mano y volverse en tu contra. Lo correcto es denunciar y esperar la resolución judicial.

¿Cubre mi seguro de hogar la okupación?

Depende de la póliza. Algunas incluyen asistencia jurídica o cubren daños y gastos derivados; muchas no cubren la okupación de una vivienda vacía. Léelo antes de que pase y pregunta qué exclusiones tiene.

Fuentes y normativa

Estas son las fuentes oficiales en las que nos basamos. Contrastamos las cifras y las normas con ellas antes de publicar y revisamos el artículo cuando cambian. Si ves algún error, escríbenos a contacto y lo corregimos.

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Escrito por Equipo Casero Rentable

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