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Casero Rentable

Me suben 4,9% (creo que es injusto)

Mike

Preguntó el 16 oct 2026

Tengo un contrato de alquiler firmado en octubre del 2025, mi casero se comunica en septiembre de 2026, indicándome que la renta para el próximo mes tengo que pagarla actualizada conforme al IPC del 2026, según una nota de prensa que me pasó equivale al 4.9 %. Revisando el contrato la información parece ser correcta (tengo que pagarlo según el IPC) pero según las redes y noticias dicen que no. Que debo hacer? (Ya le reclamé y me dijo que es lo que hay, básicamente que si no me gusta que me largue del piso aunque no lo dejo escrito)

2 respuestas

  1. La fecha de firma es 30 de octubre del 2025

    La cláusula del contrato dice lo siguiente:

    El importe de la renta se actualizará por la arrendadora en la fecha en la que se cumpla cada año
    de vigencia del contrato, actualizándose en función de las variaciones porcentuales del IPC
    publicado por el Instituto Nacional de Estadística en un período de doce meses inmediatamente
    anteriores a la fecha de cada actualización, tomándose como mes de referencia para la primera
    actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de
    celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
    La renta actualizada será exigible a partir del mes siguiente a aquél en que la parte arrendadora
    lo notifique a la parte arrendataria por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado.
    A efectos de esta notificación, será válida la efectuada por nota en el recibo de la mensualidad
    del pago precedente.

  2. Equipo Casero Rentable Equipo

    16 oct 2026

    Hola. Tu contrato es del 30/10/2025, así que la primera actualización solo puede aplicarse desde el 30/10/2026: la renta de octubre no puede subir. Además, en contratos firmados desde 2023 la subida no puede superar el IRAV (2,47 % en agosto), aunque el contrato diga IPC. Y el RDL 29/2026, en vigor desde el 8/10/2026, limita la subida al 2 % en las actualizaciones hasta el 31/12/2027 si no hay un pacto nuevo. Por tanto, el 4,9 % no es aplicable: como mucho, el 2 % a partir de noviembre.
    Qué hacer: paga la renta actual completa y a tiempo (guarda los justificantes) y contesta por escrito, con email con confirmación o burofax, pidiendo una notificación corregida con el porcentaje legal. Lo de "si no te gusta, vete" no tiene base: en vivienda habitual el contrato dura como mínimo 5 años (7 si el casero es empresa).
    Ojo: el decreto debe convalidarse en noviembre; si cae, el límite sería el IRAV. Esto es información orientativa y no sustituye el asesoramiento legal. Si quieres consultarlo con un profesional, puedes ponerte en contacto con el despacho Almendros y González Abogados: info@almendrosgonzalezabogados.com

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